El Banco Central dispuso que desde este martes quienes operaron con “dólar soja” para liquidar sus divisas no podrán acceder a la compra o venta del dólar MEP (Bolsa) o contado con liquidación (CCL) e incluso el dólar oficial.
“Los agentes económicos que hayan vendido soja en el marco del Programa de Incremento Exportador no podrán acceder al mercado de cambios para compras de moneda extranjera ni tampoco realizar operaciones con títulos y valores con liquidación en moneda extranjera”, advirtió la autoridad monetaria en un comunicado. La medida tendrá vigencia a partir del 20 de septiembre.
La decisión se da a sólo 10 días de que el mecanismo que reconoce un tipo de cambio preferencial de $200 por dólar hasta el 30 de septiembre pierda vigencia y con casi el 80% de lo previsto para el mes ya liquidado.
El esquema dólar soja cosechó hasta el momento u$s3.867,5 millones, mientras que lo proyectado por la gestión del ministro de Economía, Sergio Massa, para septiembre es de u$s5000 millones. Esto permitió que en lo que va del mes, el BCRA pudiera realizar compras en el mercado de cambios por u$s2.400 millones.
Por impulso de este mecanismo, las ventas de soja superaron el promedio de los últimos tres años. Según los datos informados el viernes por la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) entre el 5 y el 15 de septiembre se realizaron operaciones finales con soja por un total de 7,4 millones de toneladas. De este total, 5,3 millones de toneladas corresponden a operaciones nuevas de compraventa y 2,1 millones de toneladas a fijaciones.
Más cepo al dólar: se alarga la lista de quienes no pueden comprar
La nueva restricción para los sojeros se suma a la varios grupos que tampoco pueden acceder al mercado de cambios oficial. La semana pasada, el BCRA estableció que las personas que reciban un subsidio en las tarifas de servicios públicos no podrán, mientras mantengan ese beneficio, realizar compras de moneda extranjera, ya sea a través del llamado “dólar ahorro” o en el mercado bursátil.
“El Directorio del BCRA dispuso que las personas usuarias de los suministros de gas natural por red, de energía eléctrica y de agua potable, mientras reciban subsidio en alguno o todos esos servicios, no podrán acceder al mercado oficial ni realizar operaciones con títulos y otros valores con liquidación en moneda extranjera”, informó la autoridad monetaria en un comunicado.
Esta restricción se suma a otra de las condiciones fijada por la Comunicación “A” 7105 de 2020 del BCRA, que no considera admisible el cupo para quién “sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social”.
- Empleados cuyas empresas, directivos o accionistas hayan solicitado el programa ATP para el pago de los salarios durante la pandemia
- Beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que se cobró en la emergencia sanitaria
- Beneficiarias de planes sociales tales como: Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo.
- Monotributistas que hayan solicitado los créditos a tasa cero y continúen cancelando las cuotas
- Personas que operan con dólares financieros (CCL y MEP)
- Deudores de créditos UVA
- Personas que hayan refinanciado sus tarjetas de crédito
- Personas sin ingresos estables
- Personas que haya comprado criptomonedas en pesos u otros activos a particulares en los 90 días previos al día de la transacción
- Sojeros que hayan vendido sus dólares a través del “dólar soja” (tampoco acceden a CCL y MEP)