El presidente Alberto Fernández y los gobernadores peronistas que lo respaldaron en su rechazo al fallo de la Corte Suprema por la coparticipación para la Ciudad de Buenos Aires fueron denunciados penalmente por los delitos de “sedición” y “traición a la patria”.
El escrito judicial fue presentado por la titular del PRO y candidata a presidenta, Patricia Bullrich, y los diputados nacionales del mismo partido, Fernando Iglesias y Sabrina Ajmechet.
“Desobedecer el fallo de la Corte Suprema es desobedecer el orden constitucional. ¡Tienen que ir presos! Con @FerIglesias y Sabrina @Ajmechet presentamos una denuncia por el delito de sedición y traición a la Patria”, escribió en sus redes sociales Patricia Bullrich.
La denuncia comprende al Presidente y a los gobernadores de la Provincia de Buenos Aires Axel Kicillof; de Catamarca Raúl Jalil; del Chaco Jorge Capitanich; de Chubut Mariano Arcioni; de Entre Ríos Gustavo Bordet; de Formosa Gildo Insfrán; de La Pampa Sergio Ziliotto; de La Rioja Ricardo Quinquella; de San Juan Sergio Uñac; de San Luis Alberto Rodriguez Saá; de Santa Cruz Alicia Kirchner; de Santiago del Estero Gerardo Zamora; de Tierra del Fuego Gustavo Melella; de Tucumán Osvaldo Jaldo; de Río Negro Arabela Carreras; de Misiones Oscar Herrera Ahuad; de Neuquén Omar Gutierrez y de Salta Gustavo Saénz.
“La sedición ha quedado configurada a nuestro entender al momento en el que se dieron a publicidad el comunicado y los comentarios por los que los distintos funcionarios suscriptores del mismo, han dejado claro no solo que no se está de acuerdo con el fallo, algo que resulta comprensible frente a cualquier decisión judicial que se puede o no compartir, sino que no se está dispuesto a cumplir lo que la Corte ha ordenado,inclusive instigando a la desobediencia, cosa que resulta absolutamente inaceptable en un estado de derecho”, explicaron los denunciantes.
A su vez, indicaron que “además de un perjuicio financiero, es una vulneración de la autonomía constitucional de la Ciudad Autónoma y resquebraja la situación de igualdad en que deben estar todos los actores del federalismo”.
Además, aclaron que “El fallo no implica, de ninguna manera, detraer fondos de coparticipación de las provincias”.
También que debe haber “cumplimiento inmediato de lo resuelto” por la Corte Suprema y que “los recursos de hecho referidos, como el presunto recurso ´in extremis´ carece de reglamentación legal, por lo que no puede tener efecto suspensivo. Consecuentemente, corresponde el inmediato cumplimiento de lo resuelto”.
En tanto, detallaron que “no es cierto que el fallo sea de cumplimiento imposible, porque solo se trata de la reasignación del destino de los fondos en cuestión, que, reiteramos, hacen a la coparticipación federal y no a otras asignaciones presupuestarias”.