Este lunes se publicó el decreto que oficializa eliminación del trámite de la supervivencia para jubilados y pensionados y los bancos ya no pedirán más fe de vida todos los meses
De este modo los jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, están eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.
En tal sentido, las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tiene la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio de acuerdo con el texto oficial.
Además, tampoco se podrá solicitar cualquier otro “trámite complementario con igual fin”, lo que dejar “sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales”.