Originalmente la fecha es el 26 de septiembre, pero este año se hizo una modificación para que los trabajadores de ese sector tuvieran un fin de semana largo.
El Día del Empleado de Comercio se estableció para que los empleados del sector pudieran gozar de un día de descanso, según lo dispuesto por la Ley N° 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009, ratificada por la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo 759/2021.
Los empleados de comercio, según el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), son los considerados personal de maestranza y servicios; los administrativos; personal auxiliar que realice tareas de reparación, ejecución, o service de toda índole; auxiliares especializados con conocimientos o habilidades especiales en técnicas o artes; y personal de ventas.
Durante éste día los comerciantes o dueños de los locales tienen derecho a abrir sus negocios de igual manera, los empleadores que decidan abrir al público podrán solicitar a sus empleados que trabajen ese día. Si lo hacen, deberán cobrar como un feriado trabajado.