3 abril, 2025

Una por una, las actividades prohibidas durante la veda electoral

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A las 8 de la mañana de este viernes comenzó a regir la veda electoral, que se extenderá hasta tres horas después de los comicios. De este modo, finalizará a las 21 del domingo.

De acuerdo al Codigo Nacional Electoral, cuarenta horas antes de la votación se inicia la veda electoral, que tiene como objetivo otorgar a la población un tiempo de reflexión luego de la campaña política en los medios de comunicación, para luego ir a votar.

En el artículo 71 de la ley 19.945 se establece qué es lo que la gente puede hacer y qué no durante la veda electoral. Pese a que cada provincia tiene su regulación particular, en la esencia todas apuntan a las mismas medidas.

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral

  • Realizar actos políticos o cualquier actividad proselitista. También se prohíben los posteos en redes sociales que promuevan el voto de algún candidato en particular.
  • Tener abiertas tiendas de venta de bebidas alcohólicas entre las 20 del sábado 21 de octubre y las 21 del domingo 22.
  • Repartir boletas en las calles en un radio de ochenta metros de las mesas donde se realice la votación.
  • Realizar espectáculos al aire libre o en lugares cerrados, fiestas, teatros, eventos deportivos y todo tipo de reuniones públicas.
  • Portar armas, llevar banderas, símbolos u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
  • Abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas donde se realice la votación. De igual manera, no se pueden instalar mesas receptoras de votos a menos de 80 metros de la sede de un partido político.
  • Difundir resultados de encuestas o sondeos antes de las elecciones, hasta las 22 horas del domingo.
  • Difundir publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.

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