Aunque se trata de un problema endocrino poco frecuente, en ciertos casos no se diagnostica a tiempo. La importancia de que el Poder Ejecutivo reglamente y ponga en vigencia la ley.
La pubertad precoz aqueja a más de 5000 familias de la Argentina. El adelantamiento de un proceso natural pone a la niñas y niños en una situación incómoda y muchas veces no es aceptada por sus pares ni, lo que es peor, por sí misma.
“La pubertad es ese pasaje de nuestros organismos entre la infancia y la adultez, es el período en que el cuerpo finaliza el crecimiento y desarrolla la capacidad de reproducción y es un proceso gradual, ordenado y progresivo”, explicó Analía Freire (M.N. 102.572), pediatra y endocrinóloga infantil del Hospital de Niños Ricardo Guitérrez.
La Pubertad Precoz (PP) se define como la aparición de caracteres sexuales secundarios (desarrollo mamario, vello púbico y vello axilar) antes de los 8 años en la niña y de los 9 años en el niño (en este caso, hablamos de crecimiento del volumen testicular).
Esto puede desencadenar un daño en la esfera psicológica, además de ponerla en una situación más vulnerable y pasible de situaciones abusivas. Esto se evita con un tratamiento adecuado, que frena la activación del eje y el impacto en la talla.
“La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”, dice el preámbulo de la constitución de la Organización Mundial de la Salud de 1948. Además, la OMS define enfermedad como “alteración o desviación del estado fisiológico en una o varias partes del cuerpo, por causas en general conocidas, manifestada por síntomas y signos característicos, y cuya evolución es más o menos previsible”.
“Conforme a esta definición, los profesionales especialistas como endocrinólogos y pediatras, entienden que la Pubertad Precoz es una Enfermedad y como tal merece tratamiento para asegurar la calidad de vida y la salud de la infancia”, remarca Analía Reyno, abogada y miembro de la red de familias Pubertad Precoz Argentina.
Por qué es importante reglamentar la ley de un Programa de Pubertad Precoz
La Pubertad Precoz produce un brusco estirón puberal en los huesos. Este normalmente debería comenzar a partir de los 10 años y continuar durante la adolescencia. Este estirón brusco, se produce en un lapso de meses a dos años, siendo que debe suceder paulatinamente en cuatro años aproximadamente.
En este momento se acelera el crecimiento del hueso y el cierre del cartílago de crecimiento, generando que el infante tenga dolores óseos, provocando -de no tratarse- que no llegue a lograr su talla final genética. También pierde, cambia los dientes tempranamente. Padece complejos psicológicos como estrés, depresión y sufren de bullying por no hallarse acorde a sus pares. Al llegar la menarca o el desarrollo pleno de manera precoz, anticipada, se detendrá ese crecimiento y en la adultez puede padecer múltiples secuelas óseas, tiroides, reproductivas, entre otras.
El tratamiento puede tener un costo muy alto y no está al alcance de todos, incluso de muchas coberturas médicas. Sería de vital importancia, por todas las consecuencias en la salud física y psíquica, que haya una cobertura para el tratamiento de la Pubertad Precoz. En caso contrario, esto puede desencadenar riegos en la salud para la paciente y un estrés innecesario su familia. “Cabe destacar que la medicación es importada. Aumenta día a día”, plantea Reyno insistiendo en que esperan que pronto el Poder Ejecutivo reglamente y ponga en vigencia la Ley.