El texto establece un régimen especial de jubilación para el personal que trabaje directa y habitualmente en tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro.
A través de la Resolución 1416/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la cual lleva la firma de la ministra de Trabajo, Raquel Cecilia Kismer, el Gobierno aprobó un nomenclador con la familia de puestos comprendidos en el régimen diferencial jubilatorio.
El texto oficial establece un régimen especial de jubilación para el personal ocupado en empresas prestatarias de servicios eléctricos, que trabaje directa y habitualmente en tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro.
El nomenclador aprobado por la resolución incluye las siguientes familias de puestos:
Tareas en altura
Tareas en alta tensión
Tareas con tensión en torres o postes
Tareas de contrastación de medidores
Tareas en lugares ruidosos
Tareas de mantenimiento, supervisión y limpieza
Las tareas incluidas en estas familias se consideran penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro, ya que implican la exposición a condiciones o riesgos que pueden afectar la salud y la capacidad laboral de los trabajadores.
El acceso a la jubilación diferencial requiere que el trabajador cumpla con los siguientes requisitos:
Tener 55 años de edad
Tener 30 años de servicios
Trabajar directamente y habitualmente en las tareas incluidas en el nomenclador
La acreditación de estos requisitos es responsabilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).