A las 8 de la mañana de este viernes comenzó a regir la veda electoral, que se extenderá hasta tres horas después de los comicios, es decir, hasta las 21 del domingo. Entre las prohibiciones más conocidas se encuentran la de hacer actos proselitistas y la de llevar banderas o símbolos partidarios.
De acuerdo al Código Nacional Electoral, cuarenta horas antes de la votación se inicia la veda electoral, que tiene como objetivo otorgar a la población un tiempo de reflexión luego de la campaña política en los medios de comunicación, para luego ir a votar.
En el artículo 71 de la ley 19.945 se establece qué es lo que la gente puede hacer y qué no durante la veda electoral. Pese a que cada provincia tiene su regulación particular, en la esencia todas apuntan a las mismas medidas.
Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral
- Realizar actos políticos o cualquier actividad proselitista. También se prohíben los posteos en redes sociales que promuevan el voto de algún candidato en particular.
- La venta de bebidas alcohólicas entre las 20 del sábado 21 de octubre y las 21 del domingo 22.
- Repartir boletas en las calles en un radio de ochenta metros de las mesas donde se realice la votación.
- Realizar espectáculos al aire libre o en lugares cerrados, fiestas, teatros, eventos deportivos y todo tipo de reuniones públicas.
- Portar armas, llevar banderas, símbolos u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
- Abrir organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros de las mesas donde se realice la votación. De igual manera, no se pueden instalar mesas receptoras de votos a menos de ochenta metros de la sede de un partido político.
- Difundir resultados de encuestas o sondeos antes de las elecciones, hasta las 22 horas del domingo.
- Difundir publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.