El Fiscal de Estado, Miguel Rivas, sostuvo que el dictamen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableciendo su incompetencia en los planteos contrarios a la reforma constitucional de la provincia formulados por agrupaciones de derechos humanos, es una “mera consecuencia de la clara preceptiva del Artículo 117 de la Carta Magna Nacional”.
Además, apuntó que es “evidente, lógico y obvio que no se advirtieron irregularidades, nulidades, arbitrariedad, inconsistencias, ni violación de derechos o garantías constitucionales, que hubieran justificado el despacho de medidas cautelares o innovativas de existir flagrancia”.
Asimismo, puntualizó que “será la Justicia jujeña, con última instancia natural en su Corte Suprema de Justicia, la que deberá pronunciar el arreglo y ajuste constitucional de nuestra moderna y progresista Constitución de la Provincia en plena vigencia”.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación, órgano judicial de mayor prédica y jerarquía en la República Argentina, decidió por unanimidad que las causas promovidas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos (ANDHES), Hijas e Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio (HIJOS) y comunidades aborígenes de Santuario Tres Pozos, Aguas Blancas y El Angosto por supuesta inconstitucionalidad son ajenos a su competencia originaria para conocer o decidir, remitiendo las actuaciones a la Corte Suprema de Jujuy”, remarcó Rivas.