Tras la puesta en marcha del DNU, que derogó la Ley de Alquileres y modificó el Código Civil y Comercial, los nuevos contratos se acuerdan “mayormente” en pesos.
Tras la derogación de la “Ley de Alquileres” mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Javier Milei, crece la incertidumbre de los inquilinos sobre cómo pactar los contratos luego de la desregulación y la posibilidad de que cada acuerdo sea “único e irrepetible”.
Dentro del DNU del gobierno de La Libertad Avanza (LLA), además de derogar la norma que regulaba los contratos de locación, también se modificó el Código Civil y Comercial -era el marco regulatorio de los contratos previo a la ley- y otorga una “libertad de contratación”, que implica que el propietario y el inquilino puedan ser “libres” de “celebrar un contrato y determinar su contenido”.
Diferentes actores del mercado coincidieron en que los nuevos contratos de locación “en gran medida” se están pactando “por dos años, en pesos y con indexaciones mediante el Índice de Precio al Consumidor (IPC)”, que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
Aunque Armando Pepe, titular de la inmobiliaria homónima, resaltó en diálogo con Ámbito que “aún hay muchos propietarios que piden que el alquiler se pacte en dólares”. De todos modos, reflexionó: “La gente gana en pesos, así que tendrán que cambiar la moneda a peso o esperar”.
Por su parte, un usuario de la red social X (ex Twitter) contó que tenía seis departamentos vacíos y que, con el cambio de normativa, decidió ofrecerlos nuevamente en el mercado de alquileres con contratos a dos años e indexaciones mediante la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).
“Aunque por el momento cada convenio va a ser distinto, con el correr del tiempo, van a existir contratos modelos con cláusulas estándar de mercado”, señaló el presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Iván Ginebra, quien además destacó que desde el organismo están facilitando modelos a los socios.
La ahora derogada ley de alquileres establecía que los contratos tengan un mínimo de 3 años, con actualizaciones semestrales a través de un coeficiente conformado por la menor variación que surgía de la comparación del promedio del 0,9 del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina.