Desde este viernes, los demandantes en el juicio por la expropiación de YPF están habilitados para trabarle embargos a Argentina y cobrar parte de la sentencia de u$s 16.100 millones. Qué bienes podrían embargarse y cómo sigue la causa hacia adelante.
La jueza Loretta Preska, de la Corte del distrito sur de Nueva York, rechazó el planteo del Gobierno y concedió el pedido de los demandantes, los fondos Burford Capital y Eton Park, que esperaban luz verde para embargar activos de Argentina, una vez que se cumpliera el plazo para presentar las garantías. Ocurre tras la sentencia al país a pagar u$s 16.100 millones por cómo llevó adelante la expropiación de YPF en el 2012.
En el fallo, Preska confirmó que los demandantes pueden intentar embargar bienes, pero aclaró que está decidiendo sobre el “cuándo” intentarlo, y no se refiere a si hay algún bien que se permita embargar, no se pronuncia sobre ningún bien concreto. Esto significa que, cumplido el plazo que había sido establecido del 10 de enero para que Argentina presente garantías, pueden comenzar los embargos.
Qué podría embargarse
La palabra embargo remite a escenas como fue en su momento el conflicto con la Fragata Libertad. De hecho, en la defensa, el estudio de abogados de Argentina (Sullivan & Cromwell) argumentó que la moción de habilitar los embargos era “innecesaria y prematura, porque los demandantes no habían identificado ningún activo específico sujeto a embargo y ejecución”.
En este sentido, el abogado Sebastián Soler aseguró que “la capacidad de los demandantes de embargar está súper restringida por la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos”, según publicó en su cuenta de X. Soler fue hasta diciembre subprocurador del Tesoro del presidente Alberto Fernández y siguió de cerca la causa durante los últimos 4 años.
Según detalló, el “Foreign Sovereign Immunities Act trata distinto los casos en que el Estado demandado renunció a su inmunidad de ejecución (como ocurrió en el contrato de los bonos emitidos en los 90 y defaulteados en 2001) y los casos, como este de YPF, en que Argentina nunca renunció a ella”.
Como Argentina no renunció a esa inmunidad, para que puedan embargarse bienes deberían cumplirse 3 requisitos al mismo tiempo: 1) que el Estado sea su dueño 2) que el bien se usa para una actividad comercial en Estados Unidos 3) que el bien que se pretende embargar “es o fue usado para la actividad comercial en que se basa el reclamo”. Sobre qué puede pasar hacia adelante, Soler escribió en X: “Estos son los requisitos relevantes que limitarían intentos de embargo en Estados Unidos”.
De todos modos, como primer paso, lo que si podría pasar es que Burford avance en un pedido de información a la Argentina sobre sus bienes en Estados Unidos.