En un juicio abreviado, un sujeto que, con identidad falsa, vendió un terreno luego de publicar un anuncio de venta en un reconocido medio grafico local, fue sentenciado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar ser autor material y responsable del delito de “Estafa”.
La verdadera identidad del condenado es Cristian Fabián Alberto Guillen, quien deberá, además, cumplir el pago de la suma de $900.000 en concepto de reparación económica a la víctima.
Asimismo, los jueces ordenaron la inmediata libertad del condenado, para lo cual le impusieron, por igual término de la condena, el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control mensual del Patronato de Liberados más cercano a su domicilio y de la Oficina de Control de Probation dependiente del Ministerio Público de la Acusación.
Abstenerse de consumir estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y adoptar un oficio, arte o profesión adecuada a su capacidad.
El veredicto fue emitido recientemente por el Tribunal en lo Criminal Nº 3 integrado por las juezas Dras. Ana Carolina Pérez Rojas (presidente de trámite), Margarita Nallar y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Lic. Nelson Echenique.
Los Hechos
En un juicio abreviado, un sujeto que, con identidad falsa, vendió un terreno luego de publicar un anuncio de venta en un reconocido medio grafico local, fue sentenciado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por resultar ser autor material y responsable del delito de “Estafa”.
La verdadera identidad del condenado es Cristian Fabián Alberto Guillen, quien deberá, además, cumplir el pago de la suma de $900.000 en concepto de reparación económica a la víctima.
Asimismo, los jueces ordenaron la inmediata libertad del condenado, para lo cual le impusieron, por igual término de la condena, el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control mensual del Patronato de Liberados más cercano a su domicilio y de la Oficina de Control de Probation dependiente del Ministerio Público de la Acusación.
Abstenerse de consumir estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y adoptar un oficio, arte o profesión adecuada a su capacidad.
El veredicto fue emitido recientemente por el Tribunal en lo Criminal Nº 3 integrado por las juezas Dras. Ana Carolina Pérez Rojas (presidente de trámite), Margarita Nallar y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Lic. Nelson Echenique.
Juicio Abreviado
En la sentencia, los jueces hicieron lugar al pedido de aplicación de Juicio Abreviado formulado por el Fiscal, Dr. Diego Funes y el acusado Guillén, asistido por su abogada defensora Dra. Sara Ruth Cabezas; procedimiento especial previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal de la provincia.
Para ello, el imputado y su defensora prestaron conformidad a la calificación legal y, además, el acusado reconoció la existencia del hecho y su participación en el mismo como autor, aceptando la pena propuesta por el Fiscal.