Así lo establece la nueva reglamentación en el decreto 345/2024. Infobae accedió a los detalles de la normativa que entrará en vigencia para la prescripción de fármacos, estudios y tratamientos. Cómo será la convivencia con la receta en papel.
Uno de los grandes desafíos del sistema de salud argentino es sumar digitalización en todos los procesos, para facilitar la trazabilidad, el control y seguimiento de los tratamientos y el acceso a los medicamentos. Uno de los pasos clave en ese camino es que la dispensa de fármacos deje de ser en papel. Según pudo confirmar Infobae, desde julio la receta digital y/o electrónica será obligatoria en todo el país.
Hasta el 1 de julio, está garantizada la convivencia de los órdenes médicas en formato papel y digital, por lo que ambas serán válidas. Ante el clamor de los usuarios que quieren saber qué pasará desde esa fecha, según pudo saber Infobae de altas fuentes de Ministerio de Salud, la receta electrónica será obligatoria pero podrá convivir con el formato papel.
La implementación obligatoria de la receta electrónica se realizó mediante la reglamentación del DNU 70/23 establecido a través del decreto N°345/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos y su par de Salud, Mario Russo. El texto fue publicado en el Boletín Oficial.
La medida, promulgada por el Ministerio de Salud de la Nación, apunta a brindar mayor eficiencia y seguridad en el acceso a medicamentos y tratamientos. La receta electrónica será válida para la venta de medicamentos en farmacias y la prescripción de estudios y tratamientos médicos. No se trata de un nuevo sistema que elimina las plataformas digitales que ya funcionan en el sistema de salud, sino que busca ampliarlas y estandarizarlas.
La nueva normativa exige que las jurisdicciones locales, en caso de ser necesario, promuevan legislaciones adicionales para alinear sus leyes de práctica profesional y disposiciones sancionatorias con los nuevos estándares establecidos.
El decreto establece que las plataformas tecnológicas previas de prescripciones electrónicas o digitales mantendrán su validez, siempre que cumplan con los criterios estipulados en la nueva reglamentación.
“La receta electrónica y/o digital es el medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes, en todo el territorio de la República Argentina, en la medida en que las jurisdicciones locales adhieran”, precisa el texto del decreto.