31 julio, 2025

La Cámara Electoral definirá si Cristina Kirchner puede votar en las próximas elecciones

0
1010x567_cristina-kirchner-520735-173819

El Juzgado Federal de Río Gallegos rechazó la apelación del fiscal Julio César Zárate contra la decisión de incluir a Cristina Kirchner en el padrón electoral para las elecciones legislativas de octubre.

La jueza Mariel Borruto explicó que el recurso debe rechazarse “por haber sido interpuesto de manera extemporánea, en un claro vencimiento de términos”, motivo por el cual ahora deberá decidir la Cámara Nacional Electoral si mantiene en el padrón a la expresidenta o la excluye por la condena en la causa Vialidad que pesa en su contra.

En Argentina, una persona condenada penalmente con pena de prisión mayor a tres años queda inhabilitada para votar por aplicación automática de los artículos 12 y 19 del Código Penal y del artículo 3 inciso e) del Código Nacional Electoral.

“Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, sostuvo el fallo de Borruto donde decidió mantener a Cristina Kirchner en el padrón.

Tras la confirmación de la condena por parte de la Corte Suprema, la Cámara Electoral, integrada por Alberto Dalla Vía, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, envió una notificación para que la expresidenta sea excluida del padrón electoral.

Tras recibir la notificación, Borruto, que se encuentra subrogando dicho juzgado, resolvió declarar la inconstitucionalidad de dichos artículos y, como argumento, utilizó jurisprudencia de la CNE, como el Caso Zelaya, donde se resolvió que esas normas violan derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización.

“El derecho a elegir libremente a un representante, así como el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos y elegir libremente a sus gobernantes, integra el universo de Derechos Humanos reconocidos en los principales Instrumentos Internacionales que nuestro país incorporó al derecho interno con jerarquía constitucional”, sostuvo el fallo citado por la jueza.

La CNE admitió en reiteradas oportunidades quejas por la prohibición automática que ordena la ley aunque justificó su aplicación en delitos graves como lavado de activos, malversación de fondos públicos, narcotráfico, defraudación contra la administración pública o corrupción, delito por el que fue condenada Cristina Kirchner.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *