7 agosto, 2025

Se refuerza en Jujuy la vacunación de niñas y niños frente al sarampión

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Equipos de Salud de toda la provincia llevan adelante la campaña intensificada para la vacunación a la población infantil de 1 y de 5 años de edad. La provincia no registra casos de sarampión desde hace 28 años.

A fin de fortalecer la prevención en todo el territorio de la provincia, el Ministerio de Salud de Jujuy inició este lunes 4 de agosto con la campaña intensificada para la vacunación de niñas y niños frente al sarampión, enfermedad viral altamente contagiosa que afecta sobre todo a la población infantil.

Esta instancia, se focaliza en niñas y niños de 1 año y de 5 años que no cuenten con vacuna triple viral según corresponde a su edad, es decir, para iniciar o completar el esquema respectivamente.

Asimismo, permitirá aplicar primera dosis a niñas y niños de 2, 3 o 4 años que aún no hayan iniciado el esquema.Del mismo modo, aplicar la segunda dosis a todos los niños nacidos en el transcurso de 2020 aunque no hayan cumplido los 5 años.

Para este trabajo, personal de enfermería, agentes sanitarios y vacunadores llevan delante el recorrido casa por casa y en establecimientos educativos de modo de cumplir con la vacunación, única forma de prevenir el sarampión.

Sin casos de sarampión a la fecha en Jujuy, es clave reiterar a la población que esta patología que puede causar severas complicaciones, incluyendo diarrea intensa, infecciones de oído, ceguera, neumonía e inflamación del cerebro, pudiendo ser fatal, se previene con el esquema de vacuna triple viral, que también protege frente a paperas y rubeola, es gratuito y está incluido en el Calendario Nacional de Vacunación.

La vacuna triple viral corresponde a:

  • Niñas y niños de 12 meses a 4 años: deben tener 1 dosis de vacuna triple viral
  • Niñas y niños de 5 años o más, adolescentes y personas adultas: deben tener 2 dosis de vacuna frente a sarampión y rubeola (puede ser doble o triple viral) aplicadas después del año de vida

En tanto:

  • Las personas nacidas antes de 1965 se consideran inmunes y no necesitan vacunarse
  • El antecedente de vacunación se deberá constatar (registro nominal de vacunación o por presentación del carnet de vacunación).

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