En un juicio abreviado, un sujeto identificado como R.R.R. fue condenado a la pena de 7 años de prisión de ejecución efectiva por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante (tres hechos) y Abuso sexual simple en concurso real”, ordenándose su inmediato traslado y alojamiento a las dependencias del Servicio Penitenciario provincial.
La resolución fue adoptada el pasado viernes 12 de abril, en el recito de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, por los Jueces con Función de Juicio Dres. Gustavo Salvador Ortiz- presidente de tramite-, Luis Ernesto Kamada y Dra. Felicia Barrios; secretaría a cargo del Dr. Julio Molina y la Dra. Analía Savio Abraham.
En el fallo, los magistrados impusieron al sentenciado, R.R.R., una compensación económica consistente en el pago de una millonaria suma de dinero a favor de la víctima, la que deberá depositarse en una cuenta judicial bancaria.
Además, ordenaron que se incluya al condenado en los listados del Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.
Acusación
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, los primeros tres hechos ilícitos fueron cometidos entre los años 2013 y 2017, comenzando cuando la niña tenía entre 5 y 6 años de edad y concurría al primer grado de la escuela primaria.
Los mismos ocurrieron en la casa de la víctima, ubicada en un barrio cercano al centro de la ciudad de San Salvador de Jujuy, cuando la niña quedaba al cuidado de su tía, pareja del acusado, y éste la abuso sexualmente en reiteradas oportunidades.
El cuarto delito sucedio entre el 16 de junio de 2013 y el 17 de junio de 2017 cuando la niña tenía entre 5 y 9 años de edad, en circunstancias en que se encontraba en la casa de su tía, una vivienda ubicada en otro barrio de San Salvador de Jujuy, donde el imputado abusó sexualmente de la menor.
Juicio Abreviado
El acusado R.R.R. fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar los jueces a la solicitud formulada por el fiscal Dr. Aldo Lozano, la querella representada por el Dr. Juan Ángel Cabezas y la Dra. Ana Lorena Madrid Cardozo, y la Dra. Luciana del Valle Chávez, defensora técnica del imputado, de aplicar el procedimiento especial previsto por el Artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia -Ley 6259.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el citado Código.