El Gobierno definió cómo calcular la cuota de las prepagas a pagar en mayo, teniendo en cuenta que el aumento no puede superar el 114,6% en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre pasado.
De esta forma, la Secretaria de Comercio señaló: “En el marco de la medida de tutela anticipada sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación”.
“En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1+ la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”, añadieron.
Para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), la Secretaría de Comercio explicó que se deberá aplicar un ajuste, como máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).
“Por ejemplo, si la cuota de las prepagas es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 de abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146. En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura”, detalló el Gobierno.